Despido por Necesidades de la Empresa

Despido por necesidades de la empresa: guía, ejemplos y asesoría | Peñaloza Abogados

Despido por necesidades de la empresa

Guía corta y práctica para entender el art. 161 del Código del Trabajo: cuándo aplica, cuánto te corresponde y en qué fijarte. Si estás enfrentando un despido, conversemos.

Lo esencial, sin rodeos

La empresa puede despedir por “necesidades” cuando existan razones reales y verificables: por ejemplo, racionalización o modernización de procesos, bajas de productividad, o cambios de mercado que hagan inevitable reducir personal. La carta debe explicar estos hechos con algo más que frases genéricas.

Pagos claves: aviso previo de 30 días o su sustitutiva (un mes), más la indemnización por años de servicio: 30 días por año o fracción > 6 meses, con tope de 11 meses. Si un tribunal declara improcedente el 161, puede aumentar esa indemnización con un recargo legal (desde 30%). Revisa tu base de cálculo y topes antes de firmar.

Ejemplos rápidos

Ejemplo 1 – Reorganización real

Una cadena de retail integra bodegas y automatiza inventarios. Se elimina el turno nocturno y se suprime el cargo de supervisor de noche. La empresa adjunta organigrama nuevo, informes de costos y criterios objetivos de selección. Resultado probable: procede el 161 si el soporte es consistente y los criterios fueron aplicados sin arbitrariedad.

Ejemplo 2 – Carta “copiar/pegar”

La carta dice “bajas de productividad” pero no muestra indicadores, ni cambios de mercado, ni documentos. En la práctica, el área sigue contratando. Resultado probable: el despido se declara improcedente y se ordena pagar indemnizaciones y el recargo legal sobre años de servicio.

Ejemplo 3 – Trabajadora con licencia

Se intenta despedir por necesidades de la empresa a una persona con licencia médica vigente. Resultado: está prohibido invocar el art. 161 durante la licencia; la desvinculación se impugna y se exigen las prestaciones correspondientes.

Plazos y pasos inteligentes

Tienes 60 días hábiles para demandar; si reclamas ante la Inspección del Trabajo, el plazo se suspende con un máximo total de 90 días hábiles. Mientras antes revisemos la carta, la base de cálculo y las cotizaciones, mejor estrategia tendrás.

¿Por qué nosotros?

En Peñaloza Abogados litigamos y también prevenimos. Si eres empresa, documentamos la reestructura y minimizamos riesgos. Si eres trabajador, analizamos carta, montos y probabilidad de éxito sin tecnicismos. Actuamos rápido y con foco en el resultado.

Contenido informativo. Cada caso es distinto; conversemos tu situación específica.

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